Echad un vistazo a esto, aclara bastantes cosas, mientras sale la nueva normativa con toda su letra "pequeña".
La tabla que viene en esta página es muy "esclarecedora", vereis que ya no nos podremos jubilar anticipadamente a los 61, sino a los 63, y que la fecha de jubilación legal ya no es a los 65 sino que será la que veas en la tabla según tu edad.
¿Cómo afectará esto a los contratos de prejubilación que todos tenemos en nuestro poder? .....Habrá que esperar acontecimientos, y ya veremos que pasa.
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