Si estáis cobrando el subsidio de desempleo y vais a emprender un viaje
por España o por el extranjero debéis tener en cuenta la obligación de
pedir autorización por escrito en la Oficina de Empleo. Se autoriza como
máximo un viaje de un mes por España o de 15 días por el extranjero.
Deberéis solicitar la autorización para poder estar localizable para el
caso de que seáis requeridos para algún tipo de actividad de inserción
laboral o para cumplir con alguna de tus obligaciones como beneficiario
de prestaciones por desempleo y así evitar una posible sanción o incluso
la pérdida de la prestación.
El texto completo de esta información podéis verlo en
https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/indicePreguntas/jsp/JSP_REDT_mostrar_preg.jsp?preg=6205
por España o por el extranjero debéis tener en cuenta la obligación de
pedir autorización por escrito en la Oficina de Empleo. Se autoriza como
máximo un viaje de un mes por España o de 15 días por el extranjero.
Deberéis solicitar la autorización para poder estar localizable para el
caso de que seáis requeridos para algún tipo de actividad de inserción
laboral o para cumplir con alguna de tus obligaciones como beneficiario
de prestaciones por desempleo y así evitar una posible sanción o incluso
la pérdida de la prestación.
El texto completo de esta información podéis verlo en
https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/indicePreguntas/jsp/JSP_REDT_mostrar_preg.jsp?preg=6205
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